Cuenta Comercial
Es una cuenta de ahorros a la vista, creada para personas mayores de 18 años, por medio de la cual se pueden realizar depósitos y retiros en cualquier oficina de Grupo Mutual, además, cuenta con servicios complementarios como Pago de Planillas, Transferencia de Fondos, Deducciones Automáticas, Órdenes de Retiro y Tarjeta de Débito.
Características
- Sólo personas mayores de 18 años pueden abrir esta cuenta
- El monto mínimo de apertura y para generar intereses es de ¢ 150.000
- El interés se calcula diariamente y se depositan quincenalmente.
Beneficios
- Los clientes pueden realizar los depósitos de dinero y retiros en cualquiera de nuestras 55 oficinas.
- Montos inembargables hasta ¢ 600.000,oo (excepto por pensión alimenticia)
- Se pueden incluir autorizados y beneficiarios para evitar los trámites de mortual.
- Puede obtener servicios complementados como: Deducción Automática de Servicios (DAS), Tarjeta de Débito y Mutual en Línea
- Atractivas tasas de interés
- Cuentan con garantía subsidiaria e limitada del Estado (Ley 7052).
Requisitos:
Persona física
- Cédula de Identidad en el caso de nacionales, en buen estado, legible, visible y al día.
- Pasaporte permanente para extranjeros no residentes, en buen estado, legible, visible; visa y pasaporte al día.
- Cédula de residencia para extranjeros residentes en el país, en buen estado, legible, visible y al día.
- Carné de identificación para extranjeros miembros del Cuerpo Diplomático, Misiones Diplomáticas o Misiones Internacionales emitidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
- Un recibo de Servicios Públicos que muestre la dirección de la casa de habitación
- Documento que compruebe los ingresos mensuales (Orden Patronal, Constancia de Salario, Certificación emitida por un Contador
Persona Jurídica
- Cédula jurídica o Certificación de Registro Nacional equivalente.
- Acta Constitutiva (o Estatutos).
- Personería jurídica, de máximo tres meses de emitida.
- Certificación de capital accionario (solo para sociedades cuyo capital esté representado por acciones), dicha certificación debe ser con vista del libro de accionistas, con un máximo de tres meses de emitida.
Realizar el depósito mínimo requerido según el tipo de cuenta.



